Autor: JULIO MARCELO BRITO ALVISO | 11/07/2018
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), inició procedimientos por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor en contra de las empresas prestadoras del servicio de transporte privado de personas a través de plataformas electrónicas denominadas Uber, Easy Taxi y Cabify, por la probable transgresión a los derechos de consumidores del país que contratan sus servicios.
Como resultado de los Procedimientos por Infracciones a la Ley iniciados en contra de estos proveedores, se han impuesto sanciones que ascienden a: Uber por 3 millones 974 mil pesos; Easy Taxi con 1 millón 810 pesos y Cabify con 700 mil pesos, las cuales ya fueron notificadas y que aún no han quedado firmes, es decir, que aún pueden ser impugnadas.
Las afectaciones mencionadas derivan de la aplicación de un contrato de adhesión que contiene prestaciones desproporcionadas, inequitativas y abusivas en perjuicio de los consumidores; aunado a la difusión de publicidad engañosa, a través de la cual ofertan un “servicio seguro” de transporte, lo que contraviene sus términos en los que establecen condiciones que los deslindan de cualquier responsabilidad legal.
En lo que respecta a Cabify, este proveedor establece de manera unilateral que las tarifas cobradas no serán reembolsables, así como, que en los periodos de mayor demanda establecerá un costo mayor variable, sin definir con claridad qué criterios se utilizarán para esta consideración.
Aunado a lo anterior, se determinó el establecimiento de prestaciones desproporcionadas a cargo de los consumidores y obligaciones inequitativas o abusivas, tales como que el usuario exonera a Cabify de cualquier responsabilidad derivada del servicio de transporte, ya sea civil o penal.
En cuanto a Easy Taxi, no se hace responsable de daños o perjuicios, que pudieran ser ocasionados por el mal uso de la información de los equipos de EASY y del USUARIO en caso de que un tercero vulnere la seguridad e ilícitamente utilice la información, así como aplicación de prácticas coercitivas y desleales. Adicionalmente, sus frases publicitarias como “Pedir un taxi nunca fue tan sencillo”, no acreditan la veracidad, claridad y exactitud, siendo sujetas a comprobación, lo que no fue realizado.
Por otro lado, se estima que Uber viola lo establecido por la ley de la materia, al no señalar un domicilio, teléfono y demás medios de contacto en el país para aclaraciones o reclamaciones por la aplicación de cobros de servicios adicionales sin la autorización expresa del consumidor (tarifa de reparación, limpieza o cargos por objetos olvidados).
Asimismo, en el caso de Uber se señala que para la solución de cualquier controversia que eventualmente se presente entre los usuarios del servicio y la proveedora, las partes se deberán someter al arbitraje o a la mediación, establecidos en la legislación de Amsterdam, Países Bajos y en lengua inglesa.
Cabe mencionar que como resultado del procedimiento instaurado contra Uber, la empresa modificó la publicidad que contravenía las disposiciones legales de protección al consumidor.